Ref.: Crédito Tasa 0% Monotributistas – Dto. 512/2021
De nuestra consideración:
Nos dirigimos a Ud. Por medio de la presente a fin de informar el relanzamiento por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo de créditos a tasa 0% para Monotributistas. Atento a la reciente comunicación de la administradora general Mercedes Marcó del Pont, reglamentado mediante el Dto. 512/2021.
El Programa Crédito a Tasa Cero 2021 consistirá en la obtención, por parte de las beneficiarias y los beneficiarios, de un crédito a tasa cero con subsidio del CIEN POR CIENTO (100%) del costo financiero total (“Crédito a Tasa Cero 2021”).
El Crédito a Tasa Cero 2021 consistirá en una financiación cuyo importe, según cada categoría, no podrá exceder de:
- Categoría “A”, un límite máximo de PESOS NOVENTA MIL ($90.000);
- Categoría “B”, un límite máximo de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000) y
- Restantes categorías, un límite máximo de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000).
La obtención del Crédito a Tasa Cero 2021 será compatible con haber recibido un Crédito a Tasa Cero previsto por el inciso c) del artículo 2° del Decreto N° 332/20, en el caso que al momento de solicitar un Crédito a Tasa Cero 2021 se encontrasen en mora en el cumplimiento del crédito 2020, deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedare remanente.
Los beneficiarios y las beneficiarias del Programa, hasta la cancelación total de la financiación, no podrán:
- Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos
- Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del
Los mismos se gestionarán a través de la página de AFIP desde la última semana de agosto o cuando lo habilite la administración. Los préstamos se acreditarán, en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista.
Requisitos:
- Estar Adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributista)
- No percibir ingresos en relación de dependencia, jubilación y/o prestar servicios al sector público (al menos en un 70% de la facturación).
Forma de Devolución del Crédito: en 12 meses y con un período de gracia de 6 meses.
Plazo Para la Adhesión: última semana de Agosto.
Sin otro particular, quedando a disposición para evacuar cualquier consulta, aprovechamos la oportunidad para saludarlo muy atte.
Neuquén, 13 de Agosto de 2021.
Agustín Alvite
Séctor Impuestos